Cambios en la Formación Profesional para el Empleo

Corren tiempos de cambio en el sector de la formación para el empleo en España. A las reformas legislativas que ha introducido el Real Decreto-ley 4/2015, aprobado definitivamente hoy, 25 de agosto, con el apoyo del 90 % de la Cámara, deben sumarse los objetivos publicados por la Unión Europea en «A Budget for Europe 2020», que siguen muy vigentes por lo lejos que todavía nos encontramos. El reto no es otro que alcanzar empleo para el 75% de las personas de entre 20 y 64 años, reducir las tasas de abandono escolar y dejarlas por debajo del 10% y que, al menos, un 40% de las personas de entre 30 y 34 años de edad completen sus estudios de nivel terciario.

Con estos objetivos ambiciosos pero necesarios, España debe realizar un esfuerzo titánico para revertir la situación en la que se encuentra sumida actualmente, con una tasa de desempleo del 25% de la población activa, alcanzando el 55% en el caso del desempleo juvenil.

En cuanto a los datos sobre educación, estos no nos dejan en mejor lugar, ya que la pirámide formativa en España tiene un perfil opuesto al deseado, con un alto porcentaje de la población sin formación alguna (42%) o con estudios superiores (35%), y un bajo porcentaje de población con estudios medios o formación profesional (23%). Es necesario adaptar el perfil de esa pirámide al de la Unión Europea, lo que implica dar formación acreditada a la población de la parte inferior de la pirámide, que les aporte competencias y titulación para realizar trabajos más cualificados, los cuales tienen mayor demanda de empleo.

Cualificación

El enfoque de la formación profesional para el empleo, en base a los cambios legislativos tras la publicación del RDL 4/2015, debe atender a dos vertientes de especial relevancia:

1.La oferta formativa para trabajadores ocupados a través de:

a. Programas de formación sectoriales

b. Programas de formación transversales

c. Programas de cualificación y reconocimiento profesional para facilitar la obtención de certificados de profesionalidad

Las directrices de estos programas deben venir marcadas por criterios de productividad y competitividad en las empresas y la promoción profesional y desarrollo personal de los trabajadores, sin perder de vista nunca las competencias transversales prioritarias:

  • Idiomas
  • Ofimática y tecnologías de la información y comunicación
  • Conocimientos financieros, jurídicos y del funcionamiento de las Administraciones Públicas

2. La oferta formativa para desempleados, que debe incluir:

a. Programas para cubrir necesidades detectadas por los SPE en los itinerarios personalizados de inserción y ofertas de empleo

b. Programas específicos para atender necesidades formativas especiales o dificultades para inserción o recualificación

c. Programas formativos con compromiso de contratación

En este caso, las directrices deberán venir dadas por atender a necesidades formativas tanto individuales como del propio sistema productivo y deberán estar enfocadas al perfil profesional del trabajador con mayor demanda y que debe venir establecido por los servicios públicos de empleo. Para el caso de los desempleados la orientación de las acciones formativas debe definirse en términos de autoempleo y economía social y la realización de prácticas profesionales no laborales

Objetivos que son un reto para todos los que formamos parte del sector de la formación profesional para el empleo y que están alineados con nuestro compromiso con la sociedad.

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